Queremos hacer esta nota para expresar nuestra preocupación y al mismo tiempo aclarar sobre publicaciones en redes sociales y televisión refiriéndose a que hay Planes de Retiro que están “huérfanos”.
Sobre esto, podemos ver dos alternativas:
¿QUÉ PUDIERA SIGNIFICAR UN “PLAN HUÉRFANO”?
Un plan pudiera ser un “plan huérfano” si el patrono ya no es el dueño del plan debido a que la empresa ha desaparecido y no hubiera un administrador del plan. Cuando esto sucede, los empleados pudieran tener alguna dificultad en acceder a su plan pero por supuesto siempre pueden transferir su dinero a otro instrumento.
No tenemos conocimiento de que en Puerto Rico. algún plan se haya quedado “huérfano” por descuido o ausencia del fiduciario.
Ahora, si a lo que se refieren las redes sobre un “plan huérfano” es que ya no eres empleado de la compañía esto en ninguna forma significa que el plan es “huérfano”. Solo significa que ni el patrono ni tu pueden continuar aportando al plan.
¿QUÉ OPCIONES TIENES EN CUALQUIERA DE ESTAS DOS SITUACIONES?
Aquí tenemos reglas que debemos conocer y entender según el Código de Rentas Internas, Sección 1081.01 (IRC). Si es un Plan Cualificado, en Puerto Rico el dinero TIENE que ser transferido a:
- Cuenta IRA, en Puerto Rico
- Otro 401K, si tengo un nuevo patrono con un plan cualificado en Puerto Rico
- Plan Keogh, para aquellos que optan por trabajar por cuenta propia y el plan es cualificado en Puerto Rico.
Si te recomiendan invertir en una cuenta en Estados Unidos, no estará cualificada y vas a tener un impacto contributivo.
Vamos hacer dos ejemplos:
EJEMPLO #1
Trabajaste por 7 años en una empresa que tenía un 401K, la empresa cerró. Un tiempo después, te comienzan a llegar cartas sobre balances en el plan de esa compañía. En ese momento, tienes 3 alternativas: mover el dinero a una cuenta IRA (anualidad) en Puerto Rico, mover el balance de los fondos a otro 401K en Puerto Rico si la nueva compañía para la que trabajas ofrece un plan similar o si estás trabajando por cuenta propia de acuerdo con la definición del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (IRC 1081.01) puedes transferir los fondos a un Plan Keogh cualificado en Puerto Rico (esta alternativa permite tener cuentas en Estados Unidos).
EJEMPLO #2
Trabajaste para una farmacéutica en Puerto Rico y la misma empresa te mueve para Estados Unidos. Es la misma compañía, con fondos similares pero el 401K de Estados Unidos y el de Puerto Rico son dos planes diferentes así que quedan separados por siempre. En ese momento tienes dos alternativas: dejas el dinero en el plan de Puerto Rico o lo mueves a una cuenta IRA (anualidad). No puedes mover el dinero al 401K de Estados Unidos ni tampoco a un Keogh porque sigues siendo empleado.
*Hay excepciones cuando el plan 401K es dual.
Como puedes ver, en ninguna de las dos situaciones el plan de retiro está “huérfano”, solo hay que hacer cambios en la estrategia para el dinero acumulado.
En conclusión, es muy lamentable que estas campañas se estén mercadeando pues no solo confunden a los clientes, más bien los hacen pensar que hay herramientas con unos rendimientos extraordinarios que no necesariamente van a aplicar para todo el mundo y por ende, puede ocasionarle a los clientes pérdidas financieras.
Cuando nosotros hacemos una evaluación de la situación individual de un cliente, no solo tomamos en consideración sus metas, también evaluamos la situación contributiva y la de herencia.
Nuestra meta es llevar información completa, con ventajas y desventajas. Los objetivos financieros son individuales y no es correcto encajonar a todos los clientes en el mismo producto.
Agradecemos de antemano tu confianza y consideración, puedes compartir esta nota con quien desees que tenga información de primera mano.
Si quieres sentarte con alguno de nosotros y hablar un poco más sobre este o cualquier otro tema, estamos disponible para una cita telefónica o en persona.
Quedamos pendiente,
Corujo Advisory Group
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